Explicación del concepto "Cliente"

En el caso de una persona que acepte el Acuerdo de servicios principal en su propio nombre, el concepto de “Cliente” hace referencia a dicha persona. En el caso de una persona que acepte el Acuerdo de servicios principal en nombre de una empresa u otra entidad jurídica, el concepto hace referencia a la empresa o entidad jurídica en nombre de la cual esa persona acepta el Acuerdo de servicios principal, así como a las filiales de dicha empresa o entidad (mientras lo sean) que hayan celebrado formularios de pedido.